“Cualquier entidad o persona sujeta a estas regulaciones que insulte la dignidad humana de una persona por cualquier motivo, incluyendo el color de la piel, la raza, la religión, el origen étnico, el género o la orientación sexual, incurrirá en una suspensión de al menos 10 partidos o por un periodo de tiempo determinado, o en cualquier otra sanción apropiada”. Esto reza el artículo 14 del reglamento disciplinario de la UEFA, aplicable a Prestianni tanto si le hubiera llamado “mono” a Vinicius o “maricón”, como se ha deslizado desde el Benfica con el ánimo de que el cambio de epíteto operara como paliativo.
La jornada · lunes, 2 de marzo de 2026
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