El Tribunal Arbitral del Deporte (TAS), con sede en Lausana, ha sancionado hasta 2029 por dopaje a los atletas españoles Hamid ben Daoud, de 29 años, y Abdelaziz Merzougui, de 33 años, según informa Relevo. El pasaporte biológico de ambos maratonianos reflejó dopaje sanguíneo (uso de EPO o de transfusiones) en febrero de 2020, pero no han podido ser sancionados hasta ahora debido a que los tribunales españoles de justicia no reconocen como prueba definitiva de dopaje al pasaporte biológico, un útil que recoge las fluctuaciones de los valores sanguíneos de los deportistas a lo largo de los años para detectar algún patrón irregular. La resolución del TAS devuelve al antidopaje español a la senda internacional de la que le desviaron los tribunales de justicia ordinaria: el pasaporte es válido como prueba irrefutable de dopaje.

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