Las primas a terceros por ganar no pueden ser consideradas delito. Ni de quien las paga ni de quien las recibe. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo en una sentencia en la que confirma la condena a los nueve acusados del llamado caso Osasuna, pero les rebaja ligeramente las penas al considerar que las primas por ganar que se pactaron en este caso no pueden ser castigadas penalmente. Sí lo son, en cambio, las primas por perder. “Un jugador puede, con su actuación, como una opción posible, perder un encuentro, pero no ganarlo. Y no puede ganarlo porque no depende exclusivamente de su voluntad, sino de otros factores. Y lo que no puede conseguirse voluntariamente, porque es imposible, tampoco puede ser sancionable penalmente”, advierte el Supremo.

